Nueva Ley de Sujeción de Mercancías - Todo lo que necesitas saber

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España, como otras economías europeas, está haciendo grandes esfuerzos para unificar criterios en materia logística y regulación. La nueva Ley de Sujeción de Mercancías, que entró en vigencia el pasado 20 de mayo, está contenida en el Real Decreto 563/2017 del 2 de junio. Dedicado a la inspección vehicular y la estiba de carga apropiada. Sin embargo, al tratarse de una ley reciente, ha generado muchas dudas. Hoy contestaremos las más frecuentes.

Sobre el estatuto de sujeción de mercancías

La puesta en marcha de esta norma designa a la Guardia Civil como los encargados de realizar las inspecciones a camiones, furgonetas y vehículos comerciales. A diferencia del texto anterior, el responsable en cualquier caso de infracción para mercancías grandes será el cargador o el porteador (si hay pacto expreso). Otras preguntas frecuentes sobre esta disposición son las siguientes:

¿Qué aspectos concretos regula esta legislación?

Tomando como referencia las regulaciones europeas contenidas en la UNE-EN 12195-1, los temas fundamentales son:

  1. - Métodos de retención. En función de la sujeción, se revisará los sistemas de amarre directo o superior, la firmeza del enganche y la inmovilización local o general.
  2. - Distribución del peso. Este factor depende de las limitaciones en cuanto a masa máxima para el transporte, al igual que la carga mínima y máxima de cada eje.
  3. - Resistencia de los componentes. Este punto se refiere a la solidez que presentan las piezas de amarre encargadas de garantizar la estiba en un vehículo. Estas sujeciones pueden ser frontales, traseras, laterales, teleros y más.
  4. - Estabilidad durante el desplazamiento. La mercancía debe mantenerse en su lugar durante el recorrido y atendiendo a la aceleración o desaceleración del camión o furgoneta.

Posibles sanciones

En caso de que algún vehículo sea inspeccionado por las autoridades designadas, los escenarios planteados para una posible infracción están definidos así:

  1. - Deficiencia leve. Existe una sujeción correcta de la carga, pero caben ciertas recomendaciones para evitar accidentes.
  2. - Deficiencia grave. En caso de que la mercancía esté deteriorada o la sujeción sea inadecuada, existirá una sanción. Debido al riesgo de desplazamiento o vuelco, la multa es de €200 y podrían inmovilizar el transporte.
  3. - Deficiencia peligrosa. Cuando se pone en riesgo el tráfico o las personas por una pérdida de la carga, la sanción es mayor. Si existe la posibilidad de causar un accidente, la infracción es de €500 y el vehículo quedará retenido.

Lo que hay que tener en cuenta

La nueva Ley de Fijación de Mercancías, también considera aspectos concretos sobre la cantidad de amarres y los métodos utilizados para asegurar la estiba de carga. En caso de una sujeción directa, se debe estimar la capacidad (lashing capacity) dependiendo del peso. Lo mismo sucede con la fuerza de tensión estándar (STF) para los anclajes por rozamiento.

Esto implica que debe usarse el estatuto europeo para hacer los cálculos de todas las cargas y así evitar los amarres por tanteo o su ausencia. Para cumplir, es esencial que los sistemas de fijación estén certificados y que los cables, cadenas y cintas puedan leerse con facilidad. Además, se recomienda el uso de piezas antideslizantes y cerciorarse de que los anclajes estén en buenas condiciones.

¿Cómo amarrar un isotermo de manera adecuada?

Sobre esta duda frecuente de quienes utilizan isotermos para transportar mercancía, vale lo anterior y otras acotaciones sobre estos equipos. Lo más aconsejable sería contar con sistemas de sujeción en el piso de la furgoneta o camión.

Debido a la estructura de los contenedores isotérmicos, disponen de asideros superiores que no requieren fijaciones especiales para mantenerlos seguros. La facilidad de manipulación de estos equipos solamente requiere de cinchas resistentes y avaladas para una transportación sin incidentes.

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